Sociedad por acciones simplificadas (SAS)
Constitución de la SAS, presentación ante el BCU, e inclusión al sistema de facturación electrónica.
- Liquidación de Impuestos.
- Emisión Factura BPS.
- Emisión Boleto de Pago DGI.
- Declaraciones Juradas IVA, FONASA e IRPF.
- Trámites de renovación Certificados Únicos.
Beneficios
Las SAS en Uruguay resultan una muy buena opción para emprendedores o para extranjeros que decidan instalar su negocio en el país. Se trata de una estructura societaria flexible, que facilita el proceso de startup de los negocios.
Sus accionistas no serán responsables por las obligaciones sociales, más allá del monto de sus respectivos aportes. Toman características que son propias de las Sociedades Anónimas como la personería jurídica propia. Esto permite que el patrimonio de la empresa sea independiente al de sus titulares o dueños.
Tienen una estructura simple como las Unipersonales y las Sociedades de Responsabilidad limitada con procesos de constitución simplificados.
Las SAS tienen un costo de constitución menor a una Sociedad Anónima tradicional.
La administración y representación de las SAS es muy flexible, como mínimo se requiere solo la figura de un Representante Legal. Así mismo, las SAS pueden ser constituidas por un solo socio.
Requisitos para abrir una SAS
Para abrir una sociedad por acciones simplificadas (SAS) en Uruguay, es necesario cumplir con una serie de requisitos legales y administrativos. A continuación, se detallan los principales pasos que se deben seguir para constituir una SAS en el país:
- Reserva del nombre: es necesario reservar el nombre de la empresa en el Registro Nacional de Comercio (RNC) antes de iniciar el proceso de constitución. Esta reserva tiene una validez de 30 días.
- Redacción del contrato social: el contrato social es el documento que establece las normas y los procedimientos que regirán el funcionamiento de la sociedad. Debe incluir información como el objeto social, el capital social, la forma en que se distribuirán las utilidades y las responsabilidades de los accionistas y los administradores.
- Capital social: la ley no establece un capital mínimo para la constitución de una SAS, pero se debe especificar el capital en el contrato social. Además, el capital debe estar integrado en su totalidad al momento de la constitución de la sociedad, es importante saber que si bien no hay restricciones, si se define un monto de capital elevado puede afectar algunos costos relacionados con aportes notariales, por tanto es importante asesorase adecuadamente respecto de este punto.
- Identificación de los accionistas: se debe identificar a los accionistas y a los beneficiarios finales de la sociedad. En caso de que sean personas físicas, se debe presentar la cédula de identidad y en caso de ser personas jurídicas, se deben presentar los estatutos y la identificación de sus representantes legales.
- Inscripción en el Registro Nacional de Comercio: una vez que se ha redactado el contrato social y se han identificado a los accionistas, se debe presentar una copia del contrato social en el RNC para su inscripción. También se deben realizar las inscripciones correspondientes en DGI y BPS.
- Inscripción en el Banco Central del Uruguay: la sociedad debe inscribirse en el Banco Central del Uruguay y comunicar la información sobre sus accionistas y beneficiarios finales, este aspecto es muy importante ya que existen multas muy significativas si se omite este procedimiento.
A modo de resumen, para abrir una SAS en Uruguay se requiere la reserva del nombre, la redacción del contrato social, la identificación de los accionistas, la integración del capital social, la inscripción en el RNC, DGI y BPS y la inscripción en el Banco Central del Uruguay. Una vez cumplidos estos requisitos, la sociedad estará legalmente constituida y podrá comenzar a operar en el país.